• Se publicará diariamente en los días hábiles un instrumento de comunicación oficial denominado Boletín Judicial, en el que se publicarán los acuerdos y resoluciones del día, edictos y avisos de los Juzgados de Primera Instancia, Juzgados Menores y de las Salas del Tribunal Superior de Justicia. Este boletín estará a disposición de los interesados previo el pago correspondiente
  • Habrá un órgano que se encargará de la administración de la publicación del Boletín Judicial. Los servidores públicos adscritos a dicho órgano serán nombrados y removidos por el Consejo de la Judicatura.
  • El titular recibirá de los órganos jurisdiccionales el material que deba publicarse.
Boletín Judicial
La información completa del Boletín Judicial se encuentran en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Nuevo León.