Órganos auxiliares
- Las Unidades de Asistencia Procesal y Administrativa son las áreas encargadas de auxiliar a los órganos jurisdiccionales con trámites administrativos, de forma concentrada, estandarizada y eficiente.
- El Poder Judicial contará con el número de Unidades de Asistencia Procesal y Administrativa que determine el Pleno del Consejo, de acuerdo a las necesidades de la institución y atendiendo al presupuesto.
- Las Unidades de Asistencia Procesal y Administrativa podrán funcionar en forma especializada por materia, según las necesidades del servicio. En caso de que se determine la operación en forma especializada por materia, el Director del Archivo Judicial deberá informarlo al Pleno del Consejo para su aprobación o rechazo.
- Levantar las comparecencias para la ratificación de firmas, de escritos, convenios o cualquier otro equivalente.
- Realizar los actos procesales y administrativos para la entrega de copias certificadas o devolución de documentos, certificados de depósito, valores u otra papelería.
- Llevar a cabo los actos necesarios para la publicación de edictos.
- Hacer las gestiones para cualquier otro medio de comunicación procesal.
- Autorizar a los usuarios del Tribunal Virtual.
- Las demás que establezcan el Pleno del Consejo y las disposiciones legales aplicables.
La información completa de la Unidad de Asistencia Procesal y Administrativa del Consejo de la Judicatura se encuentran en el Reglamento Interior del Archivo Judicial del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León y el Acuerdo General 25/2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León.