Finanzas
  • I.- Coordinar los programas, informes, conciliaciones y análisis de todo lo relativo a la administración del presupuesto que le concierne al Poder Judicial del Estado.
  • II.- Proponer e implantar las políticas financieras y contables que posibiliten el aprovechamiento racional y transparente de los recursos del presupuesto asignado.
  • III.- Supervisar la correcta aplicación contable y presupuestal de las partidas, de acuerdo al catálogo de cuentas establecido.
  • IV.- Elaborar, analizar y presentar trimestralmente para su aprobación el ante proyecto de la cuenta pública y los reportes financieros necesarios para informar la correcta aplicación del gasto público, y;
  • V.- Las demás que indiquen las leyes, reglamentos, acuerdos generales o la Dirección de Administración y Tesorería.
La totalidad de las atribuciones del órgano de la Coordinación de Finanzas del Consejo de la Judicatura se encuentran en el Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León.