• La Dirección de Administración y Tesorería es el área auxiliar del Consejo, de carácter técnico, que tiene como función principal ejercer el presupuesto aprobado en la Ley de Egresos del Estado.
  • En materia de administración, dicha Dirección la realizará de acuerdo a las disposiciones legales aplicables y a las instrucciones emitidas por el Pleno; adquirirá los bienes y servicios y tendrá a su cargo, en el ámbito de su competencia, la infraestructura judicial y el recurso humano que garantice la integridad, transparencia y seguridad dentro de la normatividad y procedimientos establecidos en el Poder Judicial.
  • Además, tendrá intervención en todos los actos jurídicos que afectan al presupuesto, que sean de su competencia; controlará los registros de bienes muebles e inmuebles del Poder Judicial y cuidará su mantenimiento; suministrará los recursos materiales y proporcionará los servicios a los órganos jurídicos y áreas administrativas; elaborará los programas de capacitación y adiestramiento al personal administrativo y vigilará el cumplimiento de las obligaciones de fiscalización y compromisos contraídos ante otros poderes del Estado.
  • Un Director.
  • Coordinadores Generales: Tesorería e Infraestructura.
  • Coordinadores: Administrativo, Finanzas, Recursos Humanos, Adquisiciones y Servicios, Obras, Mantenimiento, Planeación Estratégica, Relaciones Sindicales.
  • Jefes de departamento y personal técnico y administrativo que apruebe el Pleno, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal.
Administración y Tesorería del CJ
  • Desempeñar las funciones relacionadas con la planeación, programación, organización, dirección, control y manejo de los recursos humanos, financieros y materiales, que tengan por objeto proporcionar los servicios necesarios para el efectivo funcionamiento del Poder Judicial, conforme al presupuesto autorizado, a los lineamientos dados por el Pleno y bajo los principios de honestidad, economía, eficiencia y celeridad.
  • Elaborar y presentar al Pleno, para su aprobación, el proyecto de Presupuesto de Egresos del Poder Judicial bajo los criterios proporcionados por el Consejo.
  • Participar en el trabajo de integración del Presupuesto de Egresos del Poder Judicial, que presentará al Pleno, para que éste autorice su remisión al Congreso del Estado para su aprobación.
  • Proponer al Pleno, para su aprobación, el programa de diseño, integración y actualización del Sistema de Información Administrativa del Poder Judicial.
  • Elaborar el proyecto de la cuenta pública anual e informes trimestrales del Poder Judicial e informar de ello al Consejo.
  • Rendir los informes que le sean solicitados por el Pleno y Comisiones del Consejo.
  • Velar porque sea observado el orden y respeto entre los integrantes de la Dirección de Administración y Tesorería y de éstos hacia los demás servidores públicos del Poder Judicial con quienes tenga relación con motivo de sus actividades.
  • Realizar reuniones periódicas de trabajo, planeación y definición de criterios con el personal adscrito a la Dirección de Administración y Tesorería.
  • Supervisar al personal adscrito a la Dirección de Administración y Tesorería y vigilar que el mismo cumpla con sus deberes.
  • Realizar las contrataciones de bienes, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma, que apruebe el Consejo, en ejercicio de su presupuesto de egresos, y conforme a las bases que fije el Pleno mediante los acuerdos correspondientes, ajustándose a los criterios previstos en las disposiciones legales.
  • Aplicar las medidas administrativas aprobadas por el Pleno que permitan el buen servicio de las oficinas del Consejo.
  • Opinar sobre el diseño de la política informática e información estadística, en el ámbito de su competencia.
  • Supervisar la correcta administración, mantenimiento, conservación y acondicionamiento de los bienes muebles e inmuebles del Poder Judicial.
  • Autorizar los pagos a proveedores y prestadores de servicios.
  • Las demás que establezcan las leyes, instrumentos normativos y las que le sean encomendadas por el Pleno, Presidente, Consejeros, Comisiones o Comités.
La información completa de la Dirección de Administración y Tesorería del Consejo de la Judicatura se encuentran en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Nuevo León y en el Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León.