TODOS los trámites en las áreas operativas son
Archivos de Concentración
El Archivo de Concentración resguarda los documentos y expedientes que ya no se utilizan de manera frecuente en las áreas administrativas o jurisdiccionales del Poder Judicial, pero que deben conservarse hasta definir su disposición final.
En el caso de expedientes judiciales, solo ingresan aquellos que tienen una resolución de baja o que llevan al menos un año sin actividad.
Los Archivos de Concentración tienen como propósito organizar, conservar y administrar la documentación bajo su resguardo. Entre sus principales tareas se encuentran:
- Recibir y custodiar los documentos que les remiten los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas.
- Mantener en buen estado las cajas o contenedores donde se guarda la documentación.
- Asegurar la localización y descripción de los fondos documentales para facilitar su consulta.
- Brindar servicios de préstamo y consulta a las áreas que generaron los documentos, en los plazos establecidos por la normativa.
- Conservar los expedientes hasta cumplir con los tiempos señalados en el Catálogo de Disposición Documental.
- Participar en la elaboración de instrumentos y criterios archivísticos junto con la Dirección del Archivo Judicial.
- Promover la baja documental de expedientes que ya no tengan valor administrativo o legal.
- Identificar y transferir aquellos documentos con valor histórico, testimonial o informativo a la Unidad de Investigación y Difusión Histórica.
- Registrar electrónicamente los procesos de disposición documental.
- Conservar por al menos 7 años los registros de bajas documentales y transferencias secundarias.
- Los expedientes o documentos que se encuentren en concentración solo pueden regresar al área que los generó, mediante solicitud expresa y a través de los conductos establecidos.
- La Unidad de Enlace de Información del Consejo de la Judicatura también puede solicitar documentos, cuando sea necesario para atender solicitudes de información.
La revisión de documentos en el Archivo de Concentración solo se permite:
- Con autorización del titular del área que los remitió (o de quien lo sustituya).
- Siempre dejando registro de la consulta realizada.
Lunes a Viernes: 08:30 a 16:00 horas
Sábados y Domingos: Cerrado
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Para mayores informes consultar el Directorio del Sistema Institucional de Archivos
Última actualización: Septiembre 12, 2025