Estructura de la Unidad de Auxiliares en la Impartición de Justicia
  • Auxiliar y colaborar con el Pleno del Tribunal Superior de Justicia en la elaboración de los proyectos de convocatoria anual y de integración de las listas de auxiliares de la impartición de justicia internos (empleados) y externos (particulares).
  • Realizar revisiones aleatorias de los expedientes administrativos de los peritos, curadores, síndicos provisionales o auxiliares de la impartición de justicia e interventores de sucesiones.
  • Poner a disposición de las salas y juzgados las listas actualizadas de los peritos, curadores, síndicos provisionales o auxiliares de la impartición de justicia e interventores de sucesiones.
  • Vigilar que los peritos, curadores, síndicos provisionales o auxiliares de la impartición de justicia e interventores de sucesiones cumplan sus deberes cuando hayan sido designados por la autoridad judicial.
  • Proponer a las autoridades judiciales a las que legalmente corresponda realizar el nombramiento, los peritos respectivos, en el supuesto de que no existiera lista de peritos en el arte o ciencia de que se trate, o que los enlistados estuvieren impedidos para ejercer el cargo en ese caso concreto.
La totalidad de las facultades de la Unidad de Auxiliares de la Impartición de Justicia del Tribunal Superior de Justicia se encuentran en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Nuevo León y en el Reglamento Interior del Tribunal Superior del Estado de Nuevo León.