Acerca del Órgano

Antecedentes

El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Nuevo León, actuando con estricto apego a la Constitución Política del país, la legislación civil que regula la materia del Derecho familiar, así como en congruencia con los Tratados Internacionales que se han suscrito por nuestro país como lo son la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención de los Derechos del niño, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como La Ley Federal , en materia de los derechos de las niñas, niños y adolescentes; el 19 de mayo del año 2008, se publicó el decreto 234 en el Periódico Oficial del Estado, creando el Centro Estatal de Convivencia Familiar como una aportación a la sociedad para la prevención, protección y mejoramiento de las condiciones generales de vida de los menores sujetos a procesos de desintegración familiar por separación de sus progenitores. Teniendo como objetivo el ser un lugar seguro para el pleno desarrollo de los encuentros paterno filiales.

Antecedentes

Nuestro Estado ha vivido inexorablemente transformaciones sociales, políticas, económicas y culturales en las últimas décadas, por lo que ha sido imprescindible e impostergable el adecuar y armonizar las leyes y las instituciones a fin de garantizar que esos cambios se regulen dentro del marco jurídico, como corresponde a un Estado Democrático de Derecho.

Este proceso requiere la suma de reflexiones y aportaciones de Jueces, legisladores, litigantes, investigadores y estudiosos del Derecho a fin de consolidar la impartición de Justicia y la efectividad de loa tutela de los derechos fundamentales del ser humano, en especial, el interés superior de la infancia nuevoleonesa.

Antecedentes

Las consecuencias derivadas de un conflicto conyugal o familiar en el que estén inmersos menores, son muy variados, desde depresiones, culpas, ansiedad, toda una serie de emociones que se ven alteradas y pueden llegar lejos y durar mucho, al punto de ser graves y con importantes repercusiones en las niñas, niños y adolescentes, sobre todo en su formación y desarrollo, así como en su conducta y relaciones afectivas que los hacen vulnerables ante la sociedad; siendo lo anterior, la motivación de la reglamentación de las funciones del Centro, por lo que el 31 de marzo del año 2009 se publicó en el Periódico Oficial del Estado, el Reglamento que regula las actividades sustantivas del Centro.

El Centro Estatal de Convivencia Familiar del Estado, abrió sus puertas el día 2 de Abril del año 2009 a los justiciables cuyos asuntos se ventilan ante los Juzgados Familiares, tanto Orales como Tradicionales, así como las Salas Familiares del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nuevo León.

Antecedentes

Integración

Última actualización: Marzo 14, 2024