Acerca de la Red Nacional

Red Nacional

Con fecha 27 de agosto de 2016, la Comisión Nacional del Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos (CONATRIB), durante la Segunda Asamblea Plenaria Ordinaria Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos A.C., a través del ACUERDO 14-02/2016 creó la Red Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, cuya coordinación se encuentra a cargo de la Dirección del Instituto de Mecanismos Alternativos para la Solución de Controversias para el Estado de Nuevo León, que tiene como propósito la constante comunicación entre los Titulares de los Centros de Mecanismos Alternativos en sede Judicial de cada Entidad Federativa para intercambiar información, experiencias, disposiciones aplicables y propuestas que puedan ser de utilidad para la implementación de los Mecanismos Alternativos.

Dicha Red Nacional está integrada por un Comité Técnico mismo que se encuentra conformado por los Poderes Judiciales de los Estados de:

  • Aguascalientes
  • Ciudad de México
  • Chiapas
  • Estado de México
  • Guerrero
  • Nuevo León
  • Quintana Roo
  • Sinaloa

Comité Técnico

Organigrama Red Nacional MASC

Normativa

Acta Constitutiva

Minuta de la Segunda Asamblea Plenaria Ordinaria de la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos


Leyes

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos


Criterios de la corte

Delitos que se persiguen por querella. Procedimiento de mediación previsto por los artículos 135 y 136 del código de procedimientos penales para el estado de veracruz

Mediación en la averiguación previa, prevista en los artículos 135 y 136 del código de procedimientos penales para el estado de veracruz. La omisión por parte del ministerio público de informar al querellante sobre aquella alternativa, no afecta la esfera jurídica del inculpado

Medios alternativos de autocomposición en delitos perseguibles por querella. La omisión del ministerio público de informar en la averiguación previa al inculpado y a la víctima u ofendido sobre la posibilidad de solucionar el conflicto a través de aquéllos, así como de realizar las diligencias para que voluntariamente se sometan a ellas, no viola el debido proceso (legislación del estado de tlaxcala)

Convenio celebrado ante el centro de medios alternativos para la solución de conflictos del poder judicial del estado de veracruz. Al tener la categoría de cosa juzgada se homologa a una sentencia ejecutoriada de naturaleza civil en sentido estricto y no mercantil, aunque tenga su origen en un conflicto de esta materia

Acceso a los mecanismos alternativos de solución de controversias, como derecho humano. Goza de la misma dignidad que el acceso a la jurisdicción del estado

Mecanismos alternos de solución de controversias. El artículo sexto transitorio de la ley del proceso penal para el estado de guanajuato, que obliga a los jueces a hacerlos saber a las partes y aplicarlos dentro del curso del procedimiento regido por el código de procedimientos penales para la entidad, siempre que sea oportuno, es aplicable sólo en aquellos lugares donde ya entró en vigor esa ley conforme a su artículo primero transitorio

Medios alternativos de solución de controversias de naturaleza penal. Corresponde al juez de la causa proveer lo conducente hasta antes de cerrar la instrucción (legislación del estado de jalisco)