Bienvenidos al Micrositio de Control Disciplinario

Acerca de la Dirección

Es el Órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura del Estado, que tiene encomendadas las siguientes funciones:

  • Recibir quejas y denuncias contra servidores públicos sujetos a la potestad disciplinaria del Consejo, por conductas irregulares en el desempeño de sus funciones que pudiesen implicar una probable infracción a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, y realizar las investigaciones pertinentes.
  • Los servidores públicos sujetos a la potestad disciplinaria del Consejo de la Judicatura, son: Jueces, Secretarios de Juzgado, Actuarios y personal adscrito a la UMC, Archivistas, Escribientes, Asistentes Jurídicos de Juzgado, Auxiliares Administrativos, Asistentes Administrativos, Secretarias de Juez, áreas administrativas, etcétera.
  • Cuenta con la facultad de iniciar oficiosamente investigaciones disciplinarias por probables conductas que se aparten de los principios del servicio público judicial.
  • Es importante aclarar, que no le corresponde recibir ni tramitar quejas o denuncias contra servidores públicos del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
  • Tampoco contra peritos, curadores, abogados litigantes, agentes del ministerio público, jueces de barrio o tutrices.
  • No tiene la facultad de fungir como órgano revisor de las sentencias, acuerdos y demás resoluciones de los juzgadores en relación al procedimiento, pues de lo contrario, implicaría una intromisión en la autonomía e independencia de la que gozan los juzgadores en la toma de decisiones.
Acerca de la Dirección

Facultades

Facultades
  • Recibir quejas y denuncias en las materias disciplinarias y éticas.
  • Iniciar investigaciones disciplinarias.
  • Solicitar al Presidente de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura del Estado, el inicio del procedimiento de responsabilidad administrativa por infracciones a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, y la sanción respectiva.
  • Solicitar medidas cautelares al Pleno del Consejo de la Judicatura, con el objetivo de garantizar la buena marcha y continuidad del servicio público; y evitar que el servidor obstaculice la investigación o el procedimiento. Las cuales consisten en suspensión temporal de su cargo, empleo o comisión.
  • Practicar todos los actos de investigación necesarios para descubrir la verdad sobre los hechos denunciados.
  • Ejecutar los aseguramientos respecto de los objetos, equipos de cómputo u oficinas que se encuentren bajo la administración y vigilancia del Consejo.
  • Realizar las inspecciones de los locales de Poder Judicial del Estado, equipos de cómputo, así como cualquier otro objeto que se encuentre dentro de las instalaciones del Poder Judicial Estatal.

Integración

Normativa

Documento Descargar Reformas
Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León
Reglamento para Identificar, Investigar y Determinar la Responsabilidad de los Servidores Públicos, Sujetos a la Potestad Disciplinaria del Consejo de la Judicatura del Estado
Acuerdo General número 20/2019, del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León, por el que se establecen las disposiciones normativas que regirán en materia de responsabilidades administrativas durante el régimen de transición
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Estado

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Versión Integral

Última actualización: Mayo 3, 2024