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Inicio de vigencia del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado

08/02/2023   |   Tribunal Superior de Justicia   |   prensa@pjenl.gob.mx


Acuerdo General 2/2023, relativo a la declaratoria de inicio de vigencia del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado por lo que hace a la materia familiar: a la conclusión de funciones de los juzgados Decimosegundo y Decimotercero de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado y su transformación en los juzgados Primero y Segundo de Juicio Familiar Oral del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado; la creación del Juzgado Primero de lo Familiar del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado; así como su competencia, jurisdicción territorial, fecha de inicio de funciones y reparto de asuntos.

Declaratoria de inicio de vigencia del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado

A partir del día 16 de febrero de 2023 comenzará la vigencia del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado, con cabecera en Apodaca, Nuevo León. En la inteligencia que esta será únicamente por lo que hace a la materia familiar.

El día 15 de febrero de 2023 los Juzgados Decimosegundo y Decimotercero de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado concluyen sus funciones bajo esa denominación, jurisdicción territorial, competencia y domicilio.

A partir del 16 de febrero del año en curso, los Juzgados Decimosegundo y Decimotercero de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado se transforman e inician sus funciones con la denominación: Juzgado Primero de Juicio Familiar Oral del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado y Juzgado Segundo de Juicio Familiar Oral del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado, con domicilio en Avenida Prolongación Gerónimo Treviño, número 1095, código postal 66605 en Apodaca Nuevo León.

De igual manera, se crea el Juzgado Primero de lo Familiar del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado.

Turno de asuntos.
El Juzgado Decimosegundo de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado remitirá todos los asuntos que tenga en trámite o en cualquier etapa o instancia, de acuerdo al número de terminación de los expedientes, de la siguiente forma:
0 y 1 Juzgado Primero de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado
2 y 3 Juzgado Segundo de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado
4 y 5 Juzgado Tercero de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado
6 y 7 Juzgado Cuarto de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado
8 y 9 Juzgado Quinto de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado

Por su parte, el Juzgado Decimotercero de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado remitirá todos los asuntos que tenga en trámite o en cualquier etapa o instancia, según el número de terminación de los expedientes, de la siguiente forma:
0 y 1 Juzgado Sexto de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado
2 y 3 Juzgado Séptimo de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial
4 y 5 Juzgado Octavo de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial
6 y 7 Juzgado Noveno de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial
8 y 9 Juzgado Décimo de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial

Las actividades de reparto de trabajo, fijación de audiencias y el funcionamiento administrativo del Juzgado Primero de Juicio Familiar Oral del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado, del Juzgado Segundo de Juicio Familiar Oral del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado, y del Juzgado Primero de lo Familiar del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado, estarán a cargo y serán reguladas por la Coordinación de Gestión Judicial.

Los nuevos juzgados recibirán su correspondencia, promociones y demás papelería por medio de la Oficialía de Partes de los Juzgados en Materia Familiar del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado, la cual se encargará de su registro, escaneo y distribución.

Los juzgados ordenarán la práctica y el desahogo de cualquier notificación, diligencia o mandamiento judicial por conducto de la Unidad de Medios de Comunicación Judicial.

El Archivo Único de los Juzgados del Décimo Tercer Distrito Judicial del Estado, será el órgano encargado de resguardar los expedientes y documentos de los juzgados de nueva creación.

La Visitaduría Judicial revisará, por lo menos, dos veces al año, la operación y funcionamiento de los juzgados que inician funciones.


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