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Entre Vetas y Veredictos. Conflictos judiciales en la minería de Nuevo León

Tinta sin fronteras:
El mundo en el Archivo Judicial de Nuevo León

En los procesos judiciales se pueden encontrar documentos provenientes de otros países y escritos en otros idiomas. Aunque la justicia sea local, desde mediados del siglo XIX fue cada vez más frecuente que los asuntos de nivel internacional comenzaron a proliferar. El mundo, México y Nuevo León crecieron y con ello el origen y necesidades de sus habitantes. Así, en esta muestra se recogen distintos casos en los que se da un ejemplo de esto, a través de distintos expedientes tanto civiles como penales de variados asuntos, que resguardan documentación e historias relacionadas a otros países.

Japoneses ante la justicia regiomontana. 1909

Un día de 1909 en Monterrey, un súbdito japonés de nombre Yamada denunció el robo de diversas prendas de ropa de su cuarto de habitación. Tenía pocos años de vivir en la ciudad, ejerciendo la profesión de jornalero. Vivía frente a la Planta de Luz y Fuerza Motriz de los Carros Eléctricos. Pero el poco tiempo que tenía establecido en la ciudad no le dio la oportunidad de aprender el español suficiente para poder hablar ante las autoridades. Una vez presentado en el juzgado, se le facilitó un perito intérprete japonés de nombre Takan, quien lo ayudó. Con ello, pudo culpar a Sameshita, originario de Kagoshima, un excompañero de cuarto suyo. Sameshita tampoco conocía bien el español, así que se le pudo encontrar otro intérprete, el Sr. Francisco Takeshita, que ayudó a que respondiera las preguntas que se le hicieron. En ambos casos, el intérprete se convirtió en algo más, pues fue quien dio validez a las declaraciones, firmando por las partes.

Una vez que se demostró la culpabilidad de Sameshita, para la actuación final donde se le hacía saber su sanción, se le permitió firmar en su idioma, quedando plasmado en la parte final del expediente su nombre escrito con kanjis, algo que para entonces no estaba previsto en los protocolos y que se mantiene como el único caso con este tipo de firma en el acervo.

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Matrimonio en el extranjero. 1947

En este caso de 1947, en Cd. Anáhuac, Nuevo León, la Sra. Victoria Cruz vda. de Guerrero se presentó al Juzgado de Letras de la Sexta Fracción Judicial con una resaltante acta de matrimonio celebrada con su marido, el Sr. Cosme Guerrero, en el Condado de Hays, Texas. Este había fallecido unos meses atrás, y ella buscaba poder tener legalmente los derechos sobre los bienes que dejó. Para que el procedimiento fuera válido, Victoria presentó el original de dicho documento, así como una traducción, además de una certificación del Cónsul de Carrera mexicano en Laredo, Texas. El juez aprobó los documentos presentados y declaró una sentencia a favor de ella y de sus hijos. El acta original se conservó en el expediente, así como los sellos y firmas que le dieron las autoridades.

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Defunción en Alsacia (Francia). 1923

En este tercer caso, sucedido en 1923, el ciudadano David Weil acudió al Juzgado Primero de Letras del Ramo Civil para promover un juicio de intestado por el fallecimiento de su socio, hermano y comerciante, el Sr. Pablo Weil. Aunque ambos habían vivido en Monterrey, el Sr. Pablo Weil se encontraba en Barr, Alsacia, al momento de su muerte.

Hasta el inicio de la Primera Guerra Mundial, Alsacia había pertenecido al Imperio Prusiano (Alemania) tras arrebatárselo al Imperio Francés en la Guerra Franco-Prusiana (1871). Luego de la guerra, había regresado a los franceses. Así, mientras que algunas comunicaciones se encontraban en alemán, gran parte de la documentación oficial se encontraba en francés.

El procedimiento que debía seguir Weil era el de traducir al español los distintos telegramas, actas y demás documentos recibidos. Por medio de ello serían admitidos en el juzgado; sin embargo, antes de eso, debía legalizar nacionalmente toda la documentación de registro civil que poseía. Para ello resultaba necesario que pasara por el Cónsul Mexicano en Francia, quien la sometía a un análisis y daba fe de que quienes firmaban eran autoridades francesas.

El Sr. Weil pudo cumplir con todos los pasos, lo que le permitió seguir el juicio en forma y otorgar los bienes que quedaron a la viuda de Weil, la Sra. Heimerdinger. Los originales se conservaron, siendo una muestra de esa complejidad derivada de la disputa de dos naciones.

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Desde el Líbano. 1937

Este caso sucede en Monterrey en 1937. Ese año, al fallecer en la ciudad el Sr. Juan Thome, Pedro [Thome] acudió al Juzgado Primero Civil de la Primera Fracción para iniciar un juicio de intestado. Este hombre, de ascendencia sirio-libanesa, había dejado como herederas tanto a su señora madre, la Sra. María Chivel, como a su hermana, la Sra. Dibi Thome, y ambas vivían lejos, en Beirut, Siria.

En primer lugar, el albacea de Thome en Siria facilitó a Pedro el certificado de nacimiento, el cual acreditaba su parentesco con su madre. Este estaba firmado en Beirut por un notario francés. Para validarlo, se siguió un proceso similar al caso anterior, en donde el Cónsul Mexicano en Beirut certificó la firma del notario, de nombre F. Sekéhal. Sin embargo, en este caso el Subsecretario de Relaciones Exteriores también certificó que el Sr. Mardun S. Meouchy era ciertamente el Vicecónsul de México en Beirut: "validar su validación". Una vez que se consideró que el testamento cumplía con todo lo solicitado, se dio trámite también a parte del certificado de nacimiento y bautismo de Thome. Este mismo procedimiento se realizó con otros documentos de registro civil, tanto de Thome como de su madre.

Además, María Chivel y el hermano de Thome compartieron información que estaba escrita en árabe, donde manifestaban su conformidad con el testamento. Para ello, el mismo albacea los tradujo al español en Beirut, enviándoselos finalmente a Pedro.

Una vez hecha toda esa "naturalización" documental, el proceso por intestado pudo seguir bien su curso legal, hasta que se ordenó el reparto de los bienes a la madre de Thome. Los originales también se conservaron, siendo los únicos registros y estampillas en árabe que se resguardan.

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Cheques de Iowa. 1930

En enero de 1930, en Monterrey, Ricardo Velazco, a nombre del Banco de México, inició un juicio mercantil en contra de T. Ayres Robertson, un hombre de negocios extranjero. Para prepararlo, solicitó unas diligencias de reconocimiento de firma, presentando la distinta documentación que se requería: diversos cheques provenientes de Iowa, Estados Unidos. El juzgado realizó, debidamente, distintas copias y traducciones de los cheques, con el fin de devolverle los originales.

Sin embargo, una vez comenzado el juicio mercantil, se descubrió que los cheques no tenían fondos en el Bank of Lu Verne. Para dar fe de ello con validez judicial, Velazco solicitó una "protesta" del Notario Público del Condado de Kossuth, Iowa, que era una fe notarial de que efectivamente esto era cierto. Esta se incluyó como prueba, pues dicha figura ya formaba parte del sistema judicial mercantil mexicano desde el siglo XIX, agregando solamente su respectiva traducción. Si bien provenían de otro país, el procedimiento para verificar la información ya era similar en ambos países.

Tras ello, el Sr. Robertson y Ricardo Velazco llegaron a un acuerdo, en el que se comprometían a pagar semanalmente la cantidad en deuda, manteniéndose dicha documentación como prueba en caso de que se rompiera el compromiso.

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Última actualización: Junio 19, 2026