Procedimiento de Inconformidad ante la CTAINL --
 

¿Qué es un procedimiento de inconformidad?

El procedimiento de inconformidad es el medio legal con el que cuentan los particulares para impugnar la negativa de acceso a la información de los sujetos obligados; la declaración de inexistencia de información; la clasificación de información como reservada o confidencial; la entrega de información en una modalidad distinta a la solicitada, o en un formato incomprensible; la inconformidad con los costos o tiempos de entrega de la información; la información que se entregó sea incompleta o no corresponda con la solicitud; la inconformidad con las razones que motivan una prórroga; la negativa de acceso, rectificación, cancelación, u oposición de datos personales; el tratamiento inadecuado de los datos personales; la negativa ficta; el desechamiento de la solicitud de acceso en los términos que marca la ley de la materia; y por la declaración de incompetencia de un sujeto obligado.

El fundamento del procedimiento de inconformidad se encuentra en los artículos 124 y 125 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.

¿Quién puede interponer un procedimiento de inconformidad?

Cualquier persona por sí mismo o a través de su representante legal, que haya presentado una solicitud de acceso a información pública, o de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales.

¿De qué manera puede interponerse un procedimiento de inconformidad?

El procedimiento de inconformidad podrá interponerse, de manera directa o por medios electrónicos, ante la Comisión o ante el sujeto obligado que haya conocido del asunto, en este último caso se deberá notificar de manera inmediata y por cualquier medio a la Comisión sobre la interposición del procedimiento y remitir el documento dentro de los tres días hábiles siguientes de haberlo recibido.

En el caso de la interposición por medios electrónicos cabe precisar, que el artículo quinto transitorio de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, establece un plazo máximo de dos años, contados a partir del 21 de julio de 2007, para que los particulares puedan presentar ante la Comisión los procedimientos de inconformidad por esta vía.

¿Cuántos días tengo para interponer un procedimiento de inconformidad?

El procedimiento de inconformidad deberá interponerse dentro de los diez días siguientes en que el sujeto obligado le haya notificado la respuesta correspondiente. O en su caso, a partir del momento en que hayan transcurrido los términos establecidos para dar contestación a las solicitudes de acceso a la información pública, o de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales, es este último caso podrá interponer un procedimiento de inconformidad por negativa ficta.

¿Qué instancia resuelve los procedimientos de inconformidad?

El Pleno de la CTAINL es la autoridad encargada de resolver los procedimientos de inconformidad en contra de las respuestas proporcionadas por los sujetos obligados, o en su caso por la falta de contestación, así como por la negativa de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales.

¿Cuántos días tiene la CTAINL para emitir su resolución?

La CTAINL tiene diez días hábiles para emitir su resolución, contados a partir de que el expediente respectivo se encuentre en estado de resolución.

¿Dónde puedo presentar un procedimiento de inconformidad?

Usted puede presentar un procedimiento de inconformidad de forma directa y por escrito ante la CTAINL, en la dirección siguiente: Avenida Constitución, número 1465-1, colonia centro, C.P. 64000, en Monterrey, Nuevo León; o ante el sujeto obligado que haya conocido del asunto.

¿De qué manera puedo presentar un procedimiento de inconformidad?

El procedimiento de inconformidad puede presentarte por escrito libre, o utilizando el siguiente formato:

 
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Despúes de llenar el formato envíelo a la siguiente dirección de correo electrónico transparencia@pjenl.gob.mx



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Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León
15 de Mayo, entre Escobedo y Emilio Carranza, zona centro.
Monterrey Nuevo León, México, CP.64000